justificado su emisión. Asimismo, el Tribunal NIEGA la expedición de un cheque a favor de la ciudadana BLASINA PELAEZ, identificada supra, por la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES EXATOS (Bs.300.000, 00), justificada por concepto "de pagos de servicios de apoyo a la Guardia Nacional" por cuanto los emolumentos, pagos y dadivas a todo funcionario publico esta prohibido por la Ley Anticorrupción vigente en nuestro ordenamiento jurídico y que mal puede este órgano judicial fomentar dicha conducta ilegal mediante el reconocimiento del pago que se pretende y ASI SE DECIDE.- Por último, ordena efectuar los pagos de los proveedores que a continuación se describen, conjuntamente con sus respectivas acreencias:
1).- AGROPECUARIA LA MALAGUEÑA, C.A, por la cantidad de ONCE MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.11.900.000, 00).
2).- SERVICIOS AGROPECUARIOS SIMMENTAL, por la cantidad de SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.7.659.000, 00).
3).- BLA.....