Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.-SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano CARLOS BLADIMIRO SANCHEZ SOTO, en contra de la sociedad Mercantil INSPECCIONES UNIDAS, CA (INSUCA y PDVSA PETROLEO Y GAS,S. A, esta ultima en su condición de solidaria ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
2.-- No hay condenatoria en Costa dada la Naturaleza del Fallo.
3.- Se ordena la Notificación del ciudadano Procurador General de la República de la sentencia proferida por este Tribunal.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con l.....