DECISIÓN
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
● PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de diciembre de 2016, sentencia No. 1070, incoado por la ciudadana YUSNELY COROMOTO ALVARADO DABOIN, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V.- 15.097.127, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistida por la abogada LIGCAR FUENMAYOR, Defensora Publica Primera Encargada (E), con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito, adscrita a la Unid.....