Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la solicitud del acuerdo de la comunidad conyugal formulada por los ciudadanos ANGEL EMIRO FERRER REYES y ANDREINA DEL CARMEN FINOL MELEAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 13.001.516 y 15.410.290, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.