En consecuencia, este Tribunal acuerda oficiar a la oficina contra Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas región-Zulia, para que le asigne un refugio temporal o solución habitacional definitivo a la parte demandada de conformidad con el procedimiento especial en el decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, acompañado de copia certificada de la sentencia definitiva. Líbrese oficio.
Publíquese y regístrese la presente resolución. Déjese copia certificada por Secretaria a los fines legales previstos en los Ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.