Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) INADMISIBLE: la presente demanda de la ciudadana JANET PARRA, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad Nº 6.832.716, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.629, de este domicilio, actuando en representación de la ciudadana ALIDA CASTRO DE GOBEL, titular de la cédula de identidad Nº 1.649.886, de este domicilio, en contra del ciudadano PABLO JOSE WEFFER SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V-12.867.258, por RESOLUCION DE CONTRATO.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con.....