ÚNICO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la profesional del derecho LIANETH QUINTERO, en sus condición de de Apoderada judicial de la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.; referida a la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 131/2012, de fecha 05 de diciembre de 2012, contenida en el expediente N° 042-2012-01-00460, que declaro con lugar el Reenganche y Pago de los Salarios Caídos, del ciudadano KELWIN RAMÓN NUÑEZ CARIDAD, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-8.501.410.