Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud que hiciere la defensa, y en consecuencia MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra del acusado LUIS GUSTAVO NARVAEZ ESTRADA, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad No 20.086.180, fecha de nacimiento 21/11/88, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Mariano Narváez (Dif) y Dionelly Estrada, residenciado en el Barrio Maria Angélica de Lusinchi, avenida 85, calle 114-04, Casa N° 114-43, Municipio Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de LUIS GUSTAVO NARVAEZ ESTRADA por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO cometido en perjuicio de YOVANIS CUBILLAN y/o .....