Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ARCADIO SEGUNDO MORAN BENAVIDES e ISABEL KARINA SERRUDO MORALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la Cédula de Identidad Números V- 7.904.342 y V- 13.420.520 , domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, en fecha Diez (10) de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro ( 1.994 ) por ante la el Registro Civil de la Parroquia San Carlos, Municipio Colón, Estado Zulia respectivamente, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 70 acompañada a los autos en copia certificada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, OFICIESE Y DÉJESE COPIA CERTI.....