Por las razones precedentes expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
¿ CON LUGAR, la apelación formulada por la representación judicial de la parte demandante, profesional del derecho KALED ABOUZAID, en contra del auto de fecha 17 de diciembre de 2007, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
Quedó de esta manera REVOCADO el auto apelado.
No se hace pronuncimiento sobre costas procesales, dada la naturaleza de lo decidido.