Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de noviembre de 2006, por el abogado OSVALDO CUEVAS PARRA, contra el auto dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 10 de noviembre de 2006, en el juicio de Oferta Real seguido por el ciudadano Osvaldo Cuevas Parra contra el ciudadano Edgar Javier González Colina, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Revoca la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con fecha 10 de noviembre de 2006, en consecuencia se ordena reponer la causa al estado en que se ordene el depósito conforme a lo ofrecido y seguir el curs.....