Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas BARBARA MARINA VARGAS AFANADOR, CARMNEN ROSA VARGAS AFANADOR, ESPERANZA VARGAS DE DORIAS y GLORIA JOSEFINA VARGAS DE AMESTY, en contra del ciudadano CRISTOBAL VARGAS AFANADOR, todos identificados en el texto inicial de esta sentencia, y en consecuencia, resultan procedentes las pretensiones de la parte actora y declara:
a) EXTINGUIDO el contrato verbal de comodato o préstamo de uso celebrado por las mencionadas demandantes con el ciudadano CRISTOBAL VARGAS AFANADOR, identificados en la parte expositiva de este fallo, sobre un inmueble constituido por las mejoras consistentes en una vivienda rústica para habitación, enclavadas sobre un terreno municipal que mide 10 metros de frente por 2.....