´´´DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos NEPTALI JOSÉ ACOSTA SANCHEZ y NAILLULIT LOSANGE COLINA URDANETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.025.992 y V-16.470.084, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha quince (15) de Febrero del año dos mil veinticuatro (2024), por ante el Registrador Civil de la Parroquia San Benito del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 7, Folio 13, Año: 2024.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certifi.....