PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) presentada por los ciudadanos ELISA RAOOF DE KHATAB, titular de la cédula de identidad N° V-11.145.586 y AHMAD HASAN KHATAHB, titular de la cédula de identidad N° E-82.186.326, mediante sus Apoderados Judiciales Abogado Laudimar Sánchez Hernández y Eleazar José Zabala Orellana plenamente identificados, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado por ante la Corte Shariah de Ramallah en Palestina, tal como se evidencia del acta levantada al efecto, signada con el N° 242245 de fecha 23/03/1994, legalizada por ante la Oficina Consular de lea Embajada de Venezuela en Israel, en fecha 18/04/1994, bajo el N° 41 e insertada en la Prefectura del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, en fecha 21/10/1994, bajo el N° 381, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la cual reposa en el Libro de Registro de Matrimonios llevados po.....