Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la profesional del derecho WENDY CAROLINA ANTEQUERA VALDERRAMA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana CARMEN LIDUINA FERRER DE MARTINEZ, ya identificada; y, por vía de consecuencia,
• REVOCADA, la decisión del a-quo, dictada en el juicio de DIVORCIO seguido por la ciudadana CARMEN LIDUINA FERRER DE MARTINEZ, en contra del ciudadano WILLIAM JOSE MARTINEZ ALDANA, ya identificados.
• SE ORDENA, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Cabimas, continuar con la causa en el estado en que se encontraba antes .....