Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 26 de febrero de 2014, por el abogado Antonio García Rivero, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 21 de febrero de 2014, en el juicio de protección de derechos e intereses colectivos, seguido por la Comunidad El Molino Arriba y la Firma Mercantil San José, C.A., contra el Ministerio del Poder Popular para la agricultura y Tierra. En consecuencia, se ordenó la admisión de las pruebas de informes especificadas en los nueve particulares señalados en el capitulo IV del escrito de promoción de pruebas de la parte actora. Quedó así REVOCADO PARCIALMENTE el auto apelado.