Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL a favor de el penado HEBERT ANGEL GONZALEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 13-3-1975, titular de la Cédula de Identidad N° 11.864.306, hijo de Luis Quintero y Alice Useche, residenciado en Sector Pomona, Calle 104 Casa N° 19 A ¿ 135 detrás del Edificio Las Pirámides Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, por el delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA C.A. En consecuencia se acuerda oficiar bajo el N° 2547-08 al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Zulia, para que el penado sea excluida de pantalla, igua.....