Este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del ciudadano LUIS JOSÉ DELPINO RAMOS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto en el artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, por un lapso de DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, durante el cual el acusado se compromete a cumplir las siguientes condiciones: 1) Residir en un lugar determinado, es decir en el sitio donde actualmente reside, 2) Se le prohíbe transitar por la cale frente a la residencia de la víctima, 3) Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas, 4) Comparecer ante un psicólogo puede ser forense con el propósito de orientar su conducta y deberá remitir informe en relación a la evaluación psicológica, 5) Permanecer en el trabajo que tien.....