1°) LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la relación a la solicitud MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, presentada por el ciudadano NÍGER GONÁLEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-10.425.532, actuando con el carácter de Presidente legal de la sociedad mercantil COMPROCA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha siete (07) de marzo de dos mil diecisiete (2017), anotada bajo el N° 39, Tomo 48-A, asistido por el abogado en ejercicio RAFAEL DUNO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-13.028.249, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.286; en favor de la actividad acuícola desarrollada en un lote de terreno ubicado en el sector Punta Guayasal, Parroquia Zazárida, Municipio Buchivacoa del estado Falcón, el cual consta de una superficie aproximada de QUINIENTAS DOS HECTÁREAS CON OCHOCIENTOS CATORCE CENTIÁREAS (502,814 Has).....