DISPOSITIVO:
Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 27 de marzo de 2015, por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por la parte demandante ciudadanos WILIAMS SEGUNDO MEDINA PAREDES, GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ VERA, en contra de la Sociedad Mercantil COPERATIVA SEMAPECA y a titulo personal al ciudadano ENDER ARRIETA.
2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA.
3) SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES A LA PARTE APELANTE.