Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Abogada en ejercicio MARITZA ANTONIA MEDINA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 157558, actuando con el carácter de Defensora Privada del ciudadano NINGER NIOBER ROJAS.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 09 de abril de 2012, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual declaró Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el articulo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Declaró el PROCEDIMIE.....