Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 14 de Abril de 2.011, celebrado por los ciudadanos MARILIN MACHADO y EDUARDO FINOL, titulares de las cédulas de identidad N°- 15.531.804 y 20.372.933; en beneficio de la niña ERIANNY FINOL MACHADO, de dos (02) años de edad, celebraron convenimiento sobre el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, por ante la Abogada MARIA VILLALOBOS CORREA, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia, respectivamente, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de.....