Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se aplicable la normativa adjetiva penal vigente, por consagrarse la excepción de la retroactividad de la ley penal que sea más favorable al acusado MARIO SEGUNDO INFANTE GARCIA.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano MARIO SEGUNDO INFANTE GARCIA, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia del artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LAIS GUERRERO UZCATEGUI y JEREMI FRANK STEVA PAZ; y lo CONDENA a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION MAS LAS.....