PRIMERO: SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida por la representación judicial de la parte actora, ciudadana NINA BEATRIZ GARCÍA SOTO, plenamente identificada en actas, contra la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2021, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2021, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el sentido de declarar la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y por ende, EXTINGUIDO el proceso de NULIDAD DE VENTA intentado por la ciudadana NINA BEATRIZ GARCÍA SOTO, contra los ciudadanos MICHEL MAURICE BEAUCHAMP DE JONGH y MIGDALIA ÁÑEZ GONZÁLEZ, todos plenamente identificados en actas.
TERCERO: NO HAY condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza del presente fallo.