PRIMERO: CONCLUIDA LA CONCILIACIÓN propuesta en auto dictado en fecha nueve (09) de mayo del año 2013, en la presente causa signada con el Nro. 968, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentiva de la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA, decretada en fecha siete (07) de agosto de 2012, sobre el ganado "Santa Gertrudis", que se encuentra bajo el manejo de la Sociedad Mercantil EMPRESA SOCIALISTA GANADERA AGROECOLÓGICA MARISELA S.A. empresa del Estado creada mediante Decreto Nº 6.427 del 16 de septiembre de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.018 del 17 de septiembre de 2008, inscrita en el Registro Mercantil del Estado Apure el 3 de octubre de 2008, bajo el Tomo 72-A, Nº 10, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras representada por el ciudadano Aníbal Jesús Espejo Nieves, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 6.976.841, domiciliado en la ciudad de Caracas,.....