Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOSE BOLIVAR BRICEÑO BARRERA Y MAURYN SAYIRA GIL DE BRICEÑO, mayores de edad, venezolanos, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 5.559.340 y 7.895.610, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio CARMEN ELENA CAMARILLO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.344 y de igual domicilio, en fecha Veinte (20) de Diciembre de 1.986 por ante la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimo.....