declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano KELVIN DE JESUS ROSALES MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.170.238, domiciliado en el barrio El Carmen, calle Los Robles, casa N° 74-B, municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio IRIS VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo N° 25.456, en contra de la ciudadana YELITZA DEL CARMEN CHIRINOS MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13841630, domiciliada en el callejón San Andrés, sin numero, sector 2 de Mayo, municipio Cabimas del estado Zulia, conforme a lo establecido en el artículo 185, ordinal Segundo del Código Civil relativa al abandono voluntario.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Cabimas del Estado Zulia en fecha 14 de febrero de 2007.
Así mismo, corresponde .....