Se declaró PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte co-demandada. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha 08-11-2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela. CUARTO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del caso. Remítase la presente causa al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.