DISPOSITIVO
En consideración a la revisión minuciosa de las actas que conforman el expediente, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de noviembre del año 2010, por la abogada en ejercicio PATRICIA MARIA ACOSTA MEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.78.014, actuando apoderada judicial del ciudadano ALIRIO RAFAEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nos. 5.802.671, parte demandante en la presente causa, contra la sentencia dictada por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha dos (02) de noviembre de 2010, en la cual REVOCA EL AUTO DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2010; todo en relación con la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por el ciudada.....