este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado el DESISTIMIENTO efectuado por los ciudadanos LUIS ENRIQUE ALVAREZ MARTINEZ y ANGELICA MARÍA BASANTA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad N°.- 12.216.244 y 15.937.763, respectivamente y domiciliados en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio que por SEPARACIÓN DE CUERPOS incoada por los ciudadanos antes identificados. De igual forma se ordena la entrega de los documentos originales que rielan en el expediente previa certificación en actas de los mismos.