IV.-Dispositivo.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto (convenido), formulada por los ciudadanos propuesta por los ciudadanos JANNYS CAROLINA MACHADO SULBARA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 17.669.063, con número telefónico: 0412-661-1078, con correo electrónico: jannys_1982@gmail.com, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia y OSWALDO ENRIQUE MENDOZA PEDRAZA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 21.491.939, con número telefónico: 0414-606-2958, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL.....