DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos CARLOS LUIS ROSENDO y GLORIA MERCEDES GARIZAO DE ROSENDO, venezolano el primero y colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.751.030 y E-81.749.535 respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, el 23 de agosto del 2005, ante el Jefe Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, acta Nº 320, año 2005, acompañada a los autos en Copia Certificada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE......