DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: "CULPABLE" a los acusados 1.- CAROLINA ESTHER BURGOS ESCORCIA, y dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V-21.357.292, nacida en fecha: 1012-1991, de 23 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Funcionaria Policial, hija de: Elibeth Esther Escorcia de Orozco y Angel Felipe Burgos Corderos, residenciada en Avenida 18, calle 89, casa 89-42, sector Delicias del Municipio Maracaibo del Estado Zulia,. Teléfono: 0414-6919235, 2.- YENNISE DANIELA CHACIN GODOY y dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº V-23.444.201, nacida en fecha: .....