PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO ROMERO SOTO, en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS PULECIO, C.A. (SERVIPULCA), por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante, ciudadano JOSE GREGORIO ROMERO SOTO, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber aducido devengar menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido conforme a lo previsto en el artículo 64 del mismo texto adjetivo laboral.