Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONCEDE el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al Penado ERIK JUNIOR HERNANDEZ MORONTA, Titular de la Cedula de Identidad N° V-15.747.173, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 30-08-83, mayor de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio Gestor, Nereida de Hernández (D) y Hedí Hernández, residenciado en Sector Los Claveles, Av. 47, Casa N° 97ª-75, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, Notifíquese a las partes de lo antes resuelto. Ofíciese a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Zulia, a los fines de designar el Delegado de Prueba para la supervisión de las obli.....