En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestad Jurisdiccional atribuidas por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la demanda por DIVORCIO ORDINARIO interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS MARTINEZ RUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°5.854.813 domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana KATIUSCA DEL CARMEN CORREDOR ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°. V-14.035.314, domiciliada en el Barrio Jose Felix Rivas, Zona 5, calle el Torbe, casa N°7, Petare, Caracas, conforme a lo preceptuado en los artículos 267, 199, 197 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se DECLARA LA EXTINCIÓN de la demanda pr.....