Este Juzgado de Primero Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada en contra de la sentencia dictada en fecha 22 de de Enero del 2.003, por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Agrario, de Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Con lugar la Calificación de Despido formulada por la trabajadora MARY CARMEN LOPEZ DIAZ.
TERCERO: Se ordena a la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO GOMEZ DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, el reenganche de la trabajadora MARY CARMEN LOPEZ DIAS, en las misma condiciones que poseía para el momento del despido, así como el pago de los salarios caídos de percibir desde el momento del despido hasta su definitiva incorporación a su puesto de trabajo; entendiéndose p.....