DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NO TENER MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA seguido por MARGEN DE JESUS BLANCO contra INVERSIONES Y GERENCIAS EDUCACIONALES, C.A. y la Sociedad Civil sin fines de lucro INSTITUTO UNIVERSITARIO JESÚS ENRIQUE LOSSADA (IUJEL), anteriormente identificados.
PUBLIQUESE. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. Déjese por Secretaría copia certificada de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los once (11) días del mes de Febrero de dos mil cuatro (2004). AÑOS: 193º de.....