Por los argumentos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes Con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: ACEPTA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA, en virtud de la declinatoria de competencia efectuada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano Abogado IVÁN COLMENARES y la ciudadana Abogada EMILY ALTARIVA, actuando con el carácter de "Defensa Privada" del ciudadano YHORDÁN MARVAL, de conformidad con.....