realizado el pago por la Sociedad Mercantil CARS DETAIL CENTER, C.A en los términos expresados, se cumple con lo preceptuado en la norma transcrita, en el sentido de que se trata de un medio legal de extinción de las obligaciones, entendida esta no solo como el pago de una obligación en suma de dinero, sino también como el pago de una obligación de dar, hacer o no hacer en el tiempo, lugar y modo en que fue convenido, lo que produce como consecuencia en el ámbito de la relación jurídica que une a las partes litigantes, que el pago efectuado de las sumas demandadas constituye un medio liberatorio de las obligaciones reclamadas en el presente juicio. En consecuencia, queda extinguida la obligación contraída por la demandada frente al demandante y extinguido el proceso producto del pago de las obligaciones demandadas