Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
1. Se declara INCOMPETENTE para conocer la demanda por Nulidad de OTORGAMIENTO DE DOCUMENTO DE VENTA DE SUPUESTO EJIDO, protocolizado ante el Registro Público del municipio Miranda del Estado Zulia en fecha 11 de enero de 2010, bajo el No. 17, Protocolo 1ro, Tomo 1, interpuesta por las ciudadanas MINERVA BEATRIZ LUZARDO LUZARDO Y OLIDA JOSEFINA LUZARDO DE DIAZ, titulares de las cédulas de identidad No. V-6.205.252 y V-6.205.253, respectivamente, asistidas por los abogados en ejercicio ALEX YANEZ MARTINEZ y WALFREDO ACOSTA VILLALOBOS, inscritos en el INPREABOGADO bajo el No. 16.549 y 47.861, respectivamente, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA.
2. Se ordena la REMISIÓN DEL EXPEDIENTE a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Primera Instan.....