Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, presentada, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ENDRINA YISETH SUAREZ LOZADA y DIEGO ARMANDO ORTIZ SUAREZ, anteriormente identificados, asistidos por la abogado en ejercicio MARY CARMEN UMBRIA, en fecha Treinta y Uno (31) de Octubre del año Dos Mil Nueve (2.009), por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 56, acompañada a los autos.