Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes dilucidados, considera forzoso quien hoy imparte justicia declararse: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente Acción Mero Declarativa de Concubinato incoada por la ciudadana Aracelis Chiquinquirá Montiel Gonzalez, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-13.705.225, domiciliada en el municipio San Francisco del estado Zulia, en comedimiento de lo asentado por este Tribunal, y en consecuencia SEGUNDO: SE ORDENA LA REMISIÓN DEL PRESENTE EXPEDIENTE al Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, Sede Judicial de Maracaibo (Torre Mara), en la oportunidad legal correspondiente, a los fines de que sea distribuido a uno cualquiera de los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines legales pertinentes.