PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato interpuso la ciudadana MAREL PINEDA RIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.606.488 y de este domicilio, en contra de la Sociedad Mercantil INGENIERIA MARACAIBO, S.A. (INGEMARSA), empresa identificada en actas, y en consecuencia queda obligada la accionada a cumplir con el contrato de compra-venta que le une con la accionante en los términos establecidos en la parte motiva de este fallo de mérito.
SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso, con arreglo a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.