1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la decisión de fecha 12 de noviembre de 2012, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2) SE ANULA la decisión apelada.
3) SE REPONE la causa al estado de que el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, fije nueva oportunidad para que se celebre la Audiencia Preliminar, fijación que deberá hacer el mismo día en que reciba el expediente, para el décimo día hábil siguiente, a la misma hora fijada originalmente, otorgando a la parte demandada un término de distancia de ocho (8) días, por encontrarse domiciliada en la ciudad de Caracas, sin necesidad de notificar a las partes, por cuanto se encuentran a derecho.
4) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales dado el carácter repositorio de la decisión.
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