Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar el recurso de apelación ejercido y formalizado por la Ciudadana (Identidad Omitida) en su condición de parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 26.10.2004 por la Jueza Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Sin Lugar la acción de divorcio intentada por el ciudadano (Identidad Omitida) contra la ciudadana (Identidad Omitida).
Tercero: Se revoca en todas sus partes el fallo dictado en fecha 26.10.2004 por la Jueza Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente; así como la guarda del niño (¿) otorgada a (Identidad Omitida) y se ordena que el niño (identificación que se omite conforme al artículo 65 de la .....