IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos ANDREINA REBECA MELGAREJO ANDRADE y ANDRES EDUARDO SAENZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V- 19.121.379 y V- 16.353.628, domiciliados la primera en el municipio Maracaibo del estado Zulia y el segundo en 7000 westview Dr. Houston Texas código 77055 , representados por la abogada en ejercicio ROXANA DEL VALLE DIAZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 205.919, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en consecuencia, DISUELTO EL .....