Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesto por la ciudadana BERNADYS SALAS TORRES, venezolana, mayor de edad, no consta en actas cédula de identidad, domiciliada en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, contra la ciudadana LUZ MARINA SALAS TORRES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.407.872, domiciliada en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia.; DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE la solicitud intentada por los referidos ciudadanos en virtud de la PÉRDIDA O DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.