Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:La Inadmisión de la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLIVARES incoara la ciudadana Maritza Dolores Vargas de Gómez contrala Sociedad Mercantil MODO CREATIVO PUBLICIDAD Y DISEÑOS, C.A., en la persona de su director el ciudadano Junior José Rodríguez González, todos identificados en actas.
SEGUNDO:No existe condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.