Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto, suscrito por el(la) ciudadano(a) JUAN CARLOS COLINA SALAZAR, venezolano(a), mayor de edad, portador(a) de la cédula de identidad Nº V-18.340.913, domiciliado(a) en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, en contra del(la) ciudadano(a) YINESCA CHIQUINQUIRA BASTIDAS PARRA, venezolano(a), mayor de edad, portador(a) de la cédula de identidad Nº V-19.072.512, domiciliado(a) en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, y déjese copia certificada por secretaria de conformid.....